Este estudio se realiza para toda aquella obra o proyecto que generará un daño al ambiente pero que no se encuentra en el listado del reglamento de la ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente (LGEEPA) para las actividades o proyectos que requieren de una manifestación de impacto ambiental.

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¿En qué consiste?
Consiste en un reporte que presenta las condiciones climatológicas, físicas, bióticas y abióticas de la zona donde se realizará el proyecto así como un análisis de los impactos ambientales que ocasionará y las medidas de mitigación propuestas. Dentro del contenido se presenta una descripción general del proyecto, datos del promovente, aplicación de la normatividad ambiental vigente, identificación de los aspectos ambientales, identificación y evaluación de los impactos y finalmente se obtienen las conclusiones del estudio. Este tipo de estudio se realiza cuando se considera que el proyecto no generará un alto impacto al ambiente, por lo que su contenido no es tan amplio y exhaustivo.

Ejemplos de proyectos que requieren este tipo de estudio:

  • Desarrollos inmobiliarios pequeños en zonas urbanas
  • Industrias con superficies menores a 400 m2 que no utilicen materiales peligrosos ni realicen actividades altamente riesgosas

Si el proyecto consiste en alguna actividad relacionada con el sector hidrocarburos, dicho estudio deberá ser entregado ante la ASEA (Agencia de Seguridad Industrial y Medio Ambiente) quien evaluará y dictaminará, caso contrario corresponde a la SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales) o la Secretaría de Medio Ambiente Estatal.

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