El Plan de Gestión Social, componente esencial de una Evaluación de Impactos Social
Consultoría AmbientalLos Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos sostienen que el respeto a los derechos humanos es hoy una responsabilidad fundamental del sector privado cuando desarrolla proyectos[1] cuyas magnitudes ocupan amplias extensiones y el periodo de tiempo para su construcción y operación es prolongado. Un proyecto puede generar riesgos sociales o magnificar problemas sociales históricos de un territorio determinado cuyos efectos pueden presentarse desde el momento en que se delimita el polígono del proyecto y su área de influencia o sólo hasta que este está en proceso de construcción. Para ello es necesario formular una Evaluación de Impacto Social en la que se defina un Plan de Gestión Social (PGS) que mitigue los impactos negativos y maximice los positivos, pero, sobre todo, genere las sinergias suficientes como para impulsar el desarrollo humano en el amplio sentido del término. El PGS es el núcleo esencial de una EvIS, es el instrumento que asegura el ejercicio libre de los derechos individuales y colectivos de los habitantes asentados en el área de influencia de un proyecto de gran envergadura. Gracias al PGS, una EvIS es asumida como un proceso y no como un documento que satisface requisitos gubernamentales.
Esencialmente, un PGS busca evitar y atender conflictos o riesgos sociales que un proyecto causa, y al mismo tiempo estimula acciones que generan oportunidades sociales y económicas en su área de influencia. Concentra estrategias y acciones que serán instrumentadas para prevenir, mitigar y compensar impactos sociales negativos, así como acciones que se aplicarán para ampliar los beneficios e impactos positivos. Establece los recursos humanos, materiales, financieros, y de cualquier otro tipo, que serán previstos para su implementación. Incluye, asimismo, una sección con indicadores para evaluar su implementación y resultados. Los gobiernos e inversores en proyectos están requiriendo cada vez más estos PGS para fortalecer su responsabilidad social.
Las Disposiciones administrativas de carácter general sobre la Evaluación de Impacto Social en el Sector Energético[2] definen al Plan de Gestión Ambiental como:
“la estrategia de implementación del conjunto de medidas de ampliación de impactos positivos, así como de la prevención y mitigación de los impactos negativos. Se define y se programa con la participación de los Actores Interesados y se realiza por el Promovente”.
Un PGS está constituido por diversos planes operativos de gestión que guían la implementación de un proyecto por parte de la empresa ante la población afectada por aquel. Un PGS deberá estar constituido al menos por los siguientes planes:
II. Plan de Comunicación y Vinculación con la Comunidad;
III. Plan de Inversión Social;
IV. Plan de Salud y Seguridad;
V. Plan de Desmantelamiento; y
VI. Plan de Monitoreo.
Cada Plan deberá prever para su implementación, al menos los siguientes aspectos: Recursos humanos; recursos económicos; responsabilidades; plazos y tiempos; e indicadores de monitoreo y evaluación.
La gestión adaptativa de un PGS es un proceso fundamental en la gestión de impactos sociales toda vez que representa un instrumento de gestión sistemática, continua, ordenada e integral que consolida los programas, proyectos y actividades encaminados a fortalecer el desarrollo social en el área de influencia de un proyecto y, además, transforman al promovente en un actor estratégico en la región. Con base en este instrumento, la promovente o el gobierno en todos sus niveles tienen la oportunidad de vincular las actividades de sus respectivos proyectos con la planificación local y regional.
Ayudar a las promoventes y gobiernos a facilitar el aporte de información de las partes interesadas o actores de interés y a formular y ejecutar un PGS que ponga en práctica los beneficios, medidas de mitigación, sistemas de monitoreo y mecanismos de gobernanza que hayan sido convenidos, son tareas en las que SEGPRO es experta. Por: Mtro. Víctor Clavel
[1] Fuente: Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Disponible en: http://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=194:principios-rectores-sobre-las-empresas-y-los-derechos-humanos-puesta-en-practica-del-marco-de-las-naciones-unidas-para-proteger-respetar-y-remediar&catid=17&Itemid=278
[2] Fuente: Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Evaluación de Impacto Social en el Sector Energético. Disponible en: www.cofemersimir.gob.mx/expediente/14565/mir/34590/archivo/948300
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