Manejo y/o Gestión Integral de Residuos en la regulación jurídica nacional
Consultoría AmbientalEn México, para abordar el problema de la contaminación asociada con los residuos se creó la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) en el año 2003, siendo la ley en materia que busca garantizar el derecho de toda persona a un medio ambiente sano a través de la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de los residuos ya sean Residuos Sólidos Urbanos (RSU), Residuos de Manejo Especial (RME) o Residuos Peligrosos (RP), además busca prevenir la contaminación de los sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.
Dentro de la LGPGIR, se reconocen diferencias entre las acciones “Manejo y Gestión”, que de acuerdo con el artículo 5 fracción X, se define a la Gestión Integral de los Residuos como el conjunto articulado e interrelacionado de acciones normativas, operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales, educativas, de monitoreo, supervisión y evaluación, para el manejo de residuos, desde su generación hasta la disposición final, a fin de lograr beneficios ambientales, la optimización económica de su manejo y su aceptación social, respondiendo a las necesidades y circunstancias de cada localidad o región.
Por su lado, el Manejo Integral (artículo 5 fracción XVII) hace referencia a las actividades de reducción en la fuente, separación, reutilización, reciclaje, co-procesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos, individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, para adaptarse a las condiciones y necesidades de cada lugar, cumpliendo objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental, tecnológica, económica y social.
De esta manera, queda entendido que bajo “Gestión” se comprenden trámites y acciones colectivas más amplias y generales que nos indican “qué hay que hacer”, en esta parte, se debe promover la participación de autoridades gubernamentales, de la sociedad y de los sectores productivos. Mientras que dentro de “Manejo” implica las actividades del plan operativo, partiendo de la regulación de la generación hasta “como hay que hacer”. El manejo se ejecuta conforme a un Plan de Manejo, el cual es el instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos sólidos urbanos, residuos de manejo especial y residuos peligrosos específicos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, con fundamento en el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos, diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral, que considera el conjunto de acciones, procedimientos y medios viables e involucra a productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores, usuarios de subproductos y grandes generadores de residuos, según corresponda, así como a los tres niveles de gobierno.
Hay que considerar que, en el caso de los residuos peligrosos, de acuerdo con el artículo 31 de la LGPGIR, están sujetos a un Plan de manejo los residuos peligrosos y los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la NOM-052-SEMARNAT-2005.
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